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RD 309/2022 · RD 1106/2020 · Ministerio de Industria

Ayudas por el CO2 de tu factura eléctrica y estatuto de consumidor electrointensivo

El Ministerio de Industria y Turismo subvenciona a fondo perdido el sobrecoste del CO2 repercutido en la electricidad a las empresas de los sectores del anexo I del Real Decreto 309/2022. Preparamos la memoria técnica de consumos por tonelada y el expediente para que tu empresa lo presente, y te acompañamos en el estatuto de consumidor electrointensivo.

Contenido revisado el con las fuentes oficiales citadas al final.

Área 07 · Financiación Pública de Alto Ticket

Compensación de Costes de Emisiones Indirectas de CO2 & Estatuto Electrointensivo

Subvenciones por los costes indirectos del CO2 y compensación de hasta el 85 % de determinados cargos eléctricos para consumidores electrointensivos.

Convocatoria 2026: 600 M€ (plazo cerrado)

Compensación por Costes de Emisiones Indirectas de CO2

El Ministerio de Industria y Turismo subvenciona a fondo perdido el sobrecoste derivado del precio del CO2 repercutido en la electricidad a empresas de los sectores del anexo I del RD 309/2022 (entre otros: química básica, plásticos y caucho sintético en formas primarias, papel, siderurgia, metales no férreos, vidrio y azulejos cerámicos).

✓ Importe: sin tope fijo por planta; se calcula con la fórmula del RD 309/2022 (intensidad de ayuda, factor de emisión, precio del CO2 y consumo de referencia) y se prorratea si las solicitudes superan el crédito de la convocatoria.
✓ Nuestra Memoria Técnica: Justificación técnica de consumos eléctricos específicos por tonelada de producto fabricado según los benchmarks de la Comisión Europea.
Gestión técnica con prima a éxito Consultar Elegibilidad CNAE
Real Decreto 1106/2020

Estatuto de Consumidor Electrointensivo

Diseñado para fábricas con un peso intensivo de la factura eléctrica sobre su valor añadido bruto. Permite acceder a una compensación de hasta el 85 % de los costes de los cargos por renovables, cogeneración y extrapeninsulares repercutidos en su suministro (RD 1106/2020, art. 15).

✓ Requisitos y obligaciones: más de 1 GWh/año, consumo mínimo en horas valle y cociente consumo/VAB mínimo (art. 3, revisados por resolución); sistema de gestión de la energía certificado ISO 50001 y al menos un 10 % del consumo contratado a plazo con renovables, salvo las pymes (arts. 11 y 12).
✓ Acompañamiento Integral: Diagnóstico energético de procesos, verificación de ratios, preparación del expediente y apoyo técnico en los requerimientos del Ministerio.

Qué te entregamos

  • Diagnóstico de elegibilidad por sector y consumo.
  • Memoria técnica de consumos eléctricos por tonelada de producto, firmada por un ingeniero químico.
  • Análisis de curvas horarias y expediente listo para presentar.
  • Acompañamiento en los requerimientos del Ministerio.

Cómo trabajamos

  1. Revisamos tu sector y tu consumo para ver si puedes pedirla.
  2. Recogemos facturas y curvas horarias de electricidad y datos de producción.
  3. Preparamos la memoria técnica y el expediente.
  4. Tu empresa presenta la solicitud en la sede electrónica con su certificado digital; te acompañamos.

Kroma prepara la documentación técnica y te acompaña; no emite certificaciones acreditadas ni presenta trámites en tu nombre salvo que lo pidas con un poder específico. Las verificaciones y certificaciones las hacen entidades acreditadas independientes, con sus propios honorarios.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la compensación por costes indirectos de CO2?
Una subvención a fondo perdido del Ministerio de Industria y Turismo que compensa el sobrecoste derivado del precio del CO2 repercutido en la electricidad a empresas de los sectores del anexo I del Real Decreto 309/2022.
¿Mi sector puede pedirla?
Solo los sectores del anexo I del RD 309/2022; entre otros, química básica, plásticos y caucho sintético en formas primarias, papel, siderurgia, metales no férreos, vidrio y azulejos cerámicos. La transformación de plástico no figura. Revisamos tu código de actividad en el diagnóstico.
¿Cuánto se puede recibir?
No hay un tope fijo por planta: el importe se calcula con la fórmula del RD 309/2022 (intensidad de ayuda, factor de emisión, precio del CO2 y consumo de referencia) y se prorratea si las solicitudes superan el crédito de la convocatoria. Para los costes de 2026 la intensidad es del 75 %, y del 80 % en los sectores del cuadro 1 de la Orden PJC/678/2026.
¿Cuándo es la próxima convocatoria?
La de 2026, con 600 millones de euros, ya cerró. La siguiente, para los costes de 2026, está prevista en 2027: es buen momento para preparar la memoria.
¿Qué es el estatuto de consumidor electrointensivo?
Permite compensar hasta el 85 % de los cargos por renovables, cogeneración y extrapeninsulares repercutidos en tu suministro (RD 1106/2020, art. 15). Exige más de 1 GWh al año, un consumo mínimo en horas valle y un cociente mínimo entre consumo y valor añadido; además, un sistema de gestión de la energía certificado ISO 50001 y al menos un 10 % del consumo contratado a plazo con renovables, salvo las pymes.
¿Quién presenta la solicitud?
Tu empresa, en la sede electrónica del Ministerio con su certificado digital. Kroma prepara la memoria y el expediente; si prefieres que lo presentemos nosotros, hace falta un apoderamiento específico.
Diagnóstico Inicial sin Compromiso

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Cuéntanos la situación de tu fábrica y analizaremos la viabilidad de tu caso en menos de 24 horas, también en fin de semana. Lo revisa un ingeniero químico con experiencia en auditoría y verificación de huella de carbono y, cuando el expediente lo requiere, contamos con el apoyo de profesionales y empresas del sector de la auditoría, la consultoría y la asesoría jurídica. Por imparcialidad, quien asesora a una empresa no la audita ni la verifica después.

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Responsable: Jorge Simorte Ripoll (Kroma EcoCompliance). Finalidad: responder a tu consulta y preparar el diagnóstico o el presupuesto que nos pides. Legitimación: tu propia petición (art. 6.1.b RGPD) o, si escribes en nombre de tu empresa, nuestro interés legítimo en atenderla (art. 6.1.f RGPD y art. 19 LOPDGDD). Destinatarios: el mensaje viaja por WhatsApp (Meta), que puede tratar datos en EE. UU.; no cedemos tus datos a nadie más salvo obligación legal. Derechos: acceso, rectificación, supresión y los demás que explicamos en la política de privacidad.

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