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Ley 7/2022 · Modelo 592 · UNE-EN 15343

Impuesto al plástico: que el plástico reciclado de verdad no tribute

El plástico reciclado queda fuera de la base del impuesto solo si su cantidad la certifica una entidad acreditada conforme a la UNE-EN 15343 (Ley 7/2022, art. 77.3). Revisamos los certificados de tus proveedores, cuadramos el balance de masas y mermas de tu planta y te entregamos un informe técnico que soporta lo que declaras en el modelo 592.

Contenido revisado el con las fuentes oficiales citadas al final.

Área 01 · Fiscalidad Circular & Balances de Materia

Revisión Técnica Previa y Conciliación Documental del Impuesto al Plástico (Ley 7/2022)

Revisión técnica de certificados de granza reciclada, conciliación matemática de albaranes y documentación ante la AEAT del plástico reciclado que no tributa (450 €/t), con informe técnico.

⚖️ Lo que exige la Ley 7/2022

La Ley 7/2022 grava con 0,45 € por kilogramo neto los envases de plástico no reutilizable. Solo tributa el plástico no reciclado (art. 77.1): para dejar fuera de la base el reciclado en el Modelo 592 no bastan simples cartas comerciales; la ley exige que su cantidad la certifique una entidad acreditada por ENAC (u otro organismo nacional de acreditación de la UE) conforme a la UNE-EN 15343:2008 (art. 77.3).

Riesgo Común en Fábrica: Es frecuente que los certificados aportados por distribuidores de granza carezcan del certificado de una entidad acreditada por ENAC (UNE-EN 15343) o computen como reciclado material que no procede de residuos (scrap interno), lo que expone al fabricante a regularizar la cuota (0,45 €/kg) y a la sanción de la Ley General Tributaria por la cuota dejada de ingresar (art. 191: del 50 al 150 %). La certificación falsa o incorrecta es, además, infracción de la propia entidad certificadora (art. 83 de la Ley 7/2022: 50 % de las cuotas, con un mínimo de 1.000 €).

🔍 Diagnóstico Previo en 24h (Sin Coste)

Con criterio de ingeniería química, realizamos la conciliación técnica previa de forma remota sin alterar el ritmo de tu planta ni comprometerte contractualmente:

1. Revisión de 3 Albaranes Tipo: Comprobamos gratis si los certificados de tus proveedores los emite una entidad acreditada por ENAC conforme a la UNE-EN 15343.
2. Balance de Masas y Mermas: Cuantificamos el plástico reciclado real que entra en tolva y deducimos mermas técnicas de inyección o soplado.
3. Memoria Técnica: Informe técnico que documenta el balance y los certificados para responder a requerimientos de Hacienda.

💰 Lo que está en juego

Cada tonelada de plástico reciclado certificado incorporada a envases sujetos al impuesto son 450 € de cuota que no se pagan (0,45 €/kg, art. 78):

Ejemplo: 25 t/mes de reciclado certificado en envases sujetos: 135.000 €/año que no tributan
Ejemplo: 50 t/mes de reciclado certificado en envases sujetos: 270.000 €/año que no tributan

Qué te entregamos

  • Revisión de los certificados de reciclado de tus proveedores: entidad acreditada y norma UNE-EN 15343.
  • Balance de masas y mermas de inyección, extrusión o soplado.
  • Informe técnico que documenta el balance y los certificados para responder a requerimientos de Hacienda.
  • Diagnóstico inicial gratuito con tres albaranes tipo.

Cómo trabajamos

  1. Nos envías tres albaranes tipo de compra de granza y los certificados de tu proveedor.
  2. En menos de 24 horas te decimos qué está bien, qué falta y qué riesgo hay.
  3. Si seguimos: recopilamos compras, fichas técnicas y partes de producción y mermas.
  4. Cuadramos el balance y redactamos el informe técnico.
  5. Tu empresa presenta el modelo 592 con su certificado digital; te acompañamos en el proceso.

Kroma prepara la documentación técnica y te acompaña; no emite certificaciones acreditadas ni presenta trámites en tu nombre salvo que lo pidas con un poder específico. Las verificaciones y certificaciones las hacen entidades acreditadas independientes, con sus propios honorarios.

Preguntas frecuentes

¿El plástico reciclado paga el impuesto?
No forma parte de la base del impuesto siempre que su cantidad esté certificada por una entidad acreditada conforme a la UNE-EN 15343:2008 (Ley 7/2022, arts. 77.1 y 77.3). Sin esa certificación se trata como plástico no reciclado y tributa a 0,45 €/kg (art. 78).
¿Me vale una carta o una declaración de mi proveedor?
No. La ley exige que la cantidad de plástico reciclado la certifique una entidad acreditada por ENAC u otro organismo nacional de acreditación de la UE conforme a la UNE-EN 15343:2008; una carta comercial no sustituye a esa certificación.
¿Qué pasa si declaro como reciclado algo que no lo es?
Hacienda puede regularizar la cuota (0,45 €/kg) y sancionar la cuota dejada de ingresar según el art. 191 de la Ley General Tributaria (del 50 al 150 %). Un error frecuente es computar como reciclado material que no procede de residuos, como el scrap interno. La certificación falsa o incorrecta es, además, infracción de la propia entidad certificadora (art. 83 de la Ley 7/2022).
¿Qué necesito para el diagnóstico gratuito?
Tres albaranes tipo de compra de granza y los certificados de reciclado que te dan tus proveedores. En menos de 24 horas te decimos si cumplen los requisitos formales y qué riesgo tienes.
¿Quién presenta el modelo 592?
Tu empresa, con su certificado digital. Kroma prepara la documentación técnica y te acompaña; si prefieres que lo presentemos nosotros, hace falta un apoderamiento específico para ese trámite.
Diagnóstico Inicial sin Compromiso

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