Ley 7/2022 · Modelo 592 · UNE-EN 15343
Impuesto al plástico: que el plástico reciclado de verdad no tribute
El plástico reciclado queda fuera de la base del impuesto solo si su cantidad la certifica una entidad acreditada conforme a la UNE-EN 15343 (Ley 7/2022, art. 77.3). Revisamos los certificados de tus proveedores, cuadramos el balance de masas y mermas de tu planta y te entregamos un informe técnico que soporta lo que declaras en el modelo 592.
Contenido revisado el con las fuentes oficiales citadas al final.
Revisión Técnica Previa y Conciliación Documental del Impuesto al Plástico (Ley 7/2022)
Revisión técnica de certificados de granza reciclada, conciliación matemática de albaranes y documentación ante la AEAT del plástico reciclado que no tributa (450 €/t), con informe técnico.
⚖️ Lo que exige la Ley 7/2022
La Ley 7/2022 grava con 0,45 € por kilogramo neto los envases de plástico no reutilizable. Solo tributa el plástico no reciclado (art. 77.1): para dejar fuera de la base el reciclado en el Modelo 592 no bastan simples cartas comerciales; la ley exige que su cantidad la certifique una entidad acreditada por ENAC (u otro organismo nacional de acreditación de la UE) conforme a la UNE-EN 15343:2008 (art. 77.3).
🔍 Diagnóstico Previo en 24h (Sin Coste)
Con criterio de ingeniería química, realizamos la conciliación técnica previa de forma remota sin alterar el ritmo de tu planta ni comprometerte contractualmente:
💰 Lo que está en juego
Cada tonelada de plástico reciclado certificado incorporada a envases sujetos al impuesto son 450 € de cuota que no se pagan (0,45 €/kg, art. 78):
Qué te entregamos
- Revisión de los certificados de reciclado de tus proveedores: entidad acreditada y norma UNE-EN 15343.
- Balance de masas y mermas de inyección, extrusión o soplado.
- Informe técnico que documenta el balance y los certificados para responder a requerimientos de Hacienda.
- Diagnóstico inicial gratuito con tres albaranes tipo.
Cómo trabajamos
- Nos envías tres albaranes tipo de compra de granza y los certificados de tu proveedor.
- En menos de 24 horas te decimos qué está bien, qué falta y qué riesgo hay.
- Si seguimos: recopilamos compras, fichas técnicas y partes de producción y mermas.
- Cuadramos el balance y redactamos el informe técnico.
- Tu empresa presenta el modelo 592 con su certificado digital; te acompañamos en el proceso.
Kroma prepara la documentación técnica y te acompaña; no emite certificaciones acreditadas ni presenta trámites en tu nombre salvo que lo pidas con un poder específico. Las verificaciones y certificaciones las hacen entidades acreditadas independientes, con sus propios honorarios.
Preguntas frecuentes
¿El plástico reciclado paga el impuesto?
¿Me vale una carta o una declaración de mi proveedor?
¿Qué pasa si declaro como reciclado algo que no lo es?
¿Qué necesito para el diagnóstico gratuito?
¿Quién presenta el modelo 592?
Fuentes oficiales
- Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (BOE, texto consolidado)
- Orden HFP/1314/2022: modelo 592, registro territorial y libro registro de existencias (BOE)
- Agencia Tributaria: impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables
- Ley 58/2003, General Tributaria (BOE, texto consolidado)
- ENAC, Entidad Nacional de Acreditación
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Cuéntanos la situación de tu fábrica y analizaremos la viabilidad de tu caso en menos de 24 horas, también en fin de semana. Lo revisa un ingeniero químico con experiencia en auditoría y verificación de huella de carbono y, cuando el expediente lo requiere, contamos con el apoyo de profesionales y empresas del sector de la auditoría, la consultoría y la asesoría jurídica. Por imparcialidad, quien asesora a una empresa no la audita ni la verifica después.