RD 1055/2022 · Reglamento (UE) 2025/40 (PPWR)
Envases: registro, declaración anual y plan de prevención, sin sorpresas con tus clientes
Si tu empresa pone en el mercado español productos envasados —cajas de cartón, palés, sacos, bidones o film—, tiene obligaciones como productor de producto: inscribirse en el registro del MITECO, poner su número de registro en las facturas, declarar cada año los envases y, según el volumen, redactar un plan de prevención. Lo preparamos todo para que tu empresa lo presente.
Contenido revisado el con las fuentes oficiales citadas al final.
Qué obligaciones tiene quien pone envases en el mercado
Registro y número en factura
Los envasadores y quienes importan o adquieren en otros países de la UE productos envasados se inscriben en la sección de envases del Registro de Productores de Producto del MITECO. El número de registro debe figurar en las facturas y en la documentación comercial (RD 1055/2022, art. 15.3).
Declaración anual
Antes del 31 de marzo, la declaración de los envases puestos en el mercado el año anterior ante el MITECO (art. 16.2) y, antes del 28 de febrero, el reporte a su sistema colectivo de responsabilidad ampliada, el SCRAP (art. 17.1.j).
Plan Empresarial de Prevención
Quinquenal y obligatorio desde el año siguiente al que se superan: 250 t de vidrio, 50 t de acero, 30 t de aluminio, 20 t de plástico, 20 t de madera, 15 t de cartón o materiales compuestos, o 300 t en total si ningún material supera su umbral (art. 18.1).
Desde el 12 de agosto de 2026 se aplica además el Reglamento (UE) 2025/40 (PPWR), que prevalece sobre el real decreto en lo que regula: ya exige, entre otras cosas, límites de PFAS en los envases en contacto con alimentos (art. 5.5), límites de metales pesados (art. 5.4) y documentación técnica y declaración UE de conformidad (arts. 15, 38 y 39).
Qué te entregamos
- Diagnóstico: si eres productor de producto y qué categorías de envase pones en el mercado (doméstico, comercial e industrial).
- Inventario y clasificación de tus envases por material y categoría.
- Alta en el registro preparada para que la presente tu empresa con su certificado digital, y la declaración anual.
- Plan Empresarial de Prevención quinquenal cuando superas los umbrales, y comparación de SCRAP (la cuota la fija y la cobra el SCRAP).
Cómo trabajamos
- Nos cuentas qué productos envasas o importas y nos envías tus compras de envases del año.
- En menos de 24 horas te decimos qué obligaciones tienes y qué falta.
- Inventariamos los envases por material y categoría y calculamos los tonelajes.
- Preparamos el alta, la declaración anual y, si toca, el plan de prevención.
- Tu empresa presenta los trámites con su certificado digital; te acompañamos.
Kroma prepara la documentación técnica y te acompaña; no emite certificaciones acreditadas ni presenta trámites en tu nombre salvo que lo pidas con un poder específico. Las verificaciones y certificaciones las hacen entidades acreditadas independientes, con sus propios honorarios.
Preguntas frecuentes
¿Mi empresa es «productor de producto» de envases?
¿Qué número tengo que poner en las facturas?
¿Cuándo se presenta la declaración anual?
¿Tengo que hacer un Plan Empresarial de Prevención?
¿Con estar en un SCRAP ya cumplo?
¿Qué cambia con el Reglamento europeo de envases (PPWR)?
¿Qué pasa si no me inscribo?
Fuentes oficiales
- Real Decreto 1055/2022, de envases y residuos de envases (BOE, texto consolidado)
- Reglamento (UE) 2025/40, de envases y residuos de envases (PPWR) (DOUE, a través del BOE)
- MITECO: envases y residuos de envases
- Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (BOE, texto consolidado)
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